Hola estimados lectores, les proporciono información relevante de la obra publicada por el doctor Oscar Cuz Barney la cual se titula "DEFENSA A LA DEFENSA Y ABOGACÍA EN MÉXICO". En la cual viene información sobre los derechos del abogado al tomar el cargo de Defensor en materia nacional e internacional.
El contenido de este libro
redacta la importancia de una colegiación para los abogados para un correcto
ejercicio de defensa, partiendo desde los diferentes pactos y cartas
internacionales que señalan las obligaciones del abogado en calidad de
defensor. Hace ver la necesidad de que hoy en día el contar con una
licenciatura en derecho ya no es suficiente, y que pertenecer a un colegio de
abogados da un mayor prestigio.
El Deber de confidencialidad, fundado en la
necesidad de comunicación libre entre el abogado y su cliente, es “la
obligación de no divulgar información ni secretos obtenidos en el curso de la
relación abogado-cliente”. se considera que este deber está ligado al
derecho de declarar o guardar silencio y no auto incriminarse por parte del
imputado. El secreto profesional es tanto un derecho como un deber del abogado,
inherente a la profesión y el derecho de defensa, fundamentado en la confianza
y confidencialidad de las relaciones entre cliente y abogado. El abogado debe
guardar rigurosamente el secreto que le es confiado por el cliente y no debe
divulgarlo de ninguna forma, bajo ningún pretexto y en ningún momento.
El derecho a una defensa adecuada
de acuerdo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, implica que el
inculpado tenga derecho a una defensa, por medio de su abogado, y a que este
comparezca en todos los actos del proceso, quien tendrá la obligación de
hacerlo cuantas veces se le requiera, lo que se actualiza desde aquel es puesto
por el Ministerio Público.
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece
que la defensa adecuada representa un derecho instrumental cuya finalidad es
asegurar que el poder punitivo del Estado se desplegara a través de un proceso
justo.
Hablamos
entonces de que el defensor deberá acreditar que está facultado legalmente para
el ejercicio de la profesión de licenciado en derecho, demostrando que cuenta
con la suficiente capacidad técnico-legal en la materia penal para brindar y
ejercer una defensa adecuada de su defendido.
Los
defensores penales, tanto públicos como privados, tienen el carácter de
auxiliares de la administración de justicia penal en el Distrito Federal, por tanto,
está a su cargo ejercer una defensa adecuada, vigilando que sus acciones sean apegadas
al orden jurídico y a los principios de legalidad.
Lo que resalta de este libro es la importancia de
pertenecer a un colegio de abogados, las distintas leyes, tratados y cartas
internacionales que protegen al defensor para poder desempeñar un correcto
ejercicio, como lo es el resguardar el secreto profesional entre otras.
En
concreto, los Colegios de Abogados deben velar para que a ninguna persona se le
niegue la asistencia de un letrado para la defensa de sus derechos e intereses.
En el
proyecto de reformas del 2014 incluir dentro de las facultades de la Junta
Menor del Colegio, en aras de una mayor claridad, la de:
Velar porque los Abogados puedan ejercer su
profesión con independencia y libertad, protegiéndoles cuando se menoscabe o
pueda menoscabar dichos principios con quebranto o riesgo de quebranto del
derecho de defensa y desarrollando, en dicha protección, las acciones que se
estimen adecuadas para preservar la dignidad de la Abogacía y el derecho
fundamental de defensa de los justificables.
Este libro es relevante
para todo aquel que ejerce la profesión de la abogacía, dado que viene
información fundamental para la libertad del ejercicio de defensa, así como las
obligaciones a cumplir, se aborda desde los antecedentes, tratados y pactos de
los cuales ha sido participe México, los cuales hoy en día siguen vigentes.
